Actas de Paraná de 1860-1861
LIBRO 10
SESIÓN: Preparatoria Extraordinaria
NÚMERO: 2
FECHA: 1861-04-04
LUGAR: Paraná
TEMARIO:
  • Lectura del artículo 11 del Reglamento para el examen y calificación de Diputados electos no incorporados.
  • Lectura de una nota del gobierno de Buenos Aires que acompaña las actas y registros de las elecciones para Diputados al Congreso Nacional.
  • Debate sobre quorum legal para sesionar. Centrado en la incorporación con presencia de los Diputados electos de la provincia de Buenos Aires.
  • Elección y nombramiento de Presidente y Vicepresidente de la Cámara.
  • Dictamen de la Comisión electoral sobre la incorporación de los Diputados de la provincia de Buenos Aires y sobre la expedición de diplomas.
RESUMEN:
Frías expone que el número total de los miembros de la Cámara es de 51 y que no se puede sesionar sin la mayoría que son 27. Solicita citar a los Diputados electos argumentando que no hay distinción entre Diputados recibidos y no recibidos. Ocampo y el Presidente responden que la sesión se puede abrir porque cuentan con 26 miembros.
Leen dos notas del gobierno de Buenos Aires, una con los registros de las elecciones para Diputados, la otra haciendo una observación a causa de no haber sido citados dichos Diputados a las sesiones preparatorias, esperaban que la causa fuera un error o “mala inteligencia”. Frías y Bazán sostienen que deben ser citados todos los Diputados electos no recibidos para la provincia de Buenos Aires, conforme a lo dispuesto por el artículo 11 del Reglamento. Aráoz, Ocampo y el Presidente de la Cámara están en contra.
Objetos de la sesión: 1. Incorporación de los Diputados de Buenos Aires y 2. Establecimiento del modo en que debe aplicarse la garantía acordada por los pactos con la provincia de Buenos Aires.
Debaten la interpretación del artículo 11 del Reglamento, sobre si eran o no Diputados los de la Provincia de Buenos Aires. El debate se centra en que para tener quorum legal la sesión puede incorporar a los Diputados no recibidos. Eligen como Presidente a García Isasa, José Sixto y como Vicepresidente a Soria, Severo, por delante de Ortiz, Remigio.
Dictamen de la Comisión especial de poderes sobre la incorporación de los Diputados de la Provincia de Buenos Aires. Solicitan que presenten sus respectivos poderes para ser considerados por la Cámara. El artículo 56 de la Constitución nacional es “juez único y exclusivo de las elecciones de sus miembros”. Además, las actas que remite el gobierno de Buenos Aires deben cerrarse hasta la consideración de los diplomas de los Diputados electos. Debaten sobre si los Diputados electos de Buenos Aires deben por un lado concurrir a las sesiones sin ser recibidos, y por otro si deben ser “requeridos, pedidos los diplomas”. Frías pregunta concretamente cual sería el inconveniente que los Diputados electos de Buenos Aires se presentaran a las sesiones preparatorias, “no sería muy digno que después de terminada la lucha que por tanto tiempo hemos permanecido, jurada como está en la Constitución en aquella provincia, y mediando un pacto de unión con ella, tomasen parte sus Diputados en estas sesiones”. Remiten a una sesión del 1850.05.05 en que constatan que están anotados todos los Diputados, inclusive los no incorporados, el Prosecretario da cuenta que los mismos presentaron los diplomas en secretaría que los acreditan con dicho cargo.
AUTORIDADES
DIPUTADOS
COMISIONES:
  • Comisión especial de Poderes
ORDEN DEL DÍA:
  • Quorum legal y evaluación de Diputados electos
DATOS ANEXOS:
Páginas 67-83
Anterior
Siguiente
VER LIBRO COMPLETO
DESCRIPTORES
Autoridades nacionales
Sistema federal
Diploma
Buenos Aires
ANÁLISIS DOCUMENTAL
Graciela Fernandez