Actas de Paraná de 1860
LIBRO 9
SESIÓN: Ordinaria
NÚMERO: 30
FECHA: 1860-07-30
LUGAR: Paraná
TEMARIO:
  • Nota de justificación del diario "La Reforma Pacífica".
  • Subvención al diario "La Reforma Pacífica".
  • Crédito suplementario para el cargo de Escribiente.
  • Solicitud de licencia de Severo Soria.
  • Diploma del Diputado Suplente por Catamarca Candor Lascano.
  • Creación del cargo de Auditor de Guerra.
  • Solicitud de licencia de José Antonio Álvarez Condarco.
RESUMEN:
Nota del Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública, que transmite la contestación del diario "La Reforma Pacífica" justificando el retraso en las publicaciones de las Actas de las Sesiones de la Cámara. El diario indica no haber tenido acceso a ellas, y solicita que le faciliten copias autorizadas o que se le facultase para transcribirlas del Nacional Argentino. Ramón Gil Navarro y Daniel Aráoz debaten sobre la subvención que el Poder Ejecutivo designa al diario. Votan y pasan la nota a la Comisión de Legislación y Negocios Constitucionales.
Dictamen de la Comisión de Hacienda, que aconseja rechazar el proyecto enviado en revisión por el Senado, para otorgar un crédito suplementario para pagar el sueldo a un Escribiente que se agregó al personal de la Secretaria del Senado. El Presidente ordena dar el dictamen al orden del día.
Giran a la Comisión de Peticiones y Negocios Extranjeros la solicitud de licencia de Severo Soria.
El Diputado Suplente por Catamarca, Candor Lascano presenta sus diplomas. Los remiten a la Comisión de Legislación y Negocios Constitucionales.
Tratan el sobre la creación del cargo de Auditor de Guerra, que corresponde a un Tribunal Militar de Primera Instancia. Pedro Ávila defiende la posición de aceptar las modificaciones introducidas por el Senado. Argumenta que éstas tienen en cuenta las ordenanzas preexistentes desde el periodo colonial, pero los aspectos de ellas que no estén de acuerdo con la Constitución Nacional son automáticamente descartados.
Daniel Aráoz plantea que es un error dar por existente la Auditoria de Guerra a partir de las ordenanzas, ya que éstas sólo son un código de uso militar que no puede crear o suprimir empleos. Además, la legislación militar es un caos que no permite saber qué está en vigencia y qué no, debido a la supresión de los fueros personales que distinguen por sangre o nacimiento. El artículo 24 de la Constitución Nacional manda a los legisladores a reformar la legislación donde fuera necesario, en especial en los casos militares.
Quedaría a cargo del Auditor definir qué ordenanzas están vigentes y cuáles no. Por último, dice que las ordenanzas confieren al Presidente, como Capitán General, facultades judiciales que la Constitución Nacional le prohíbe. José Antonio Álvarez Condarco contesta que el Presidente no ejercería funciones judiciales como tal, si no como Comandante en Jefe.
Aráoz propone citar al Ministro de Guerra para que explique cuales serían los Tribunales Militares que el Gobierno quiere organizar y a que se reduce la intervención del Presidente en este asunto. Saturnino Laspiur, José Antonio Álvarez Condarco, Justiniano Posse y Uladislao Frías sostienen un intenso debate sobre este tema. Finalmente votan el dictamen de Comisión de Guerra rechazando las modificaciones del Senado.
Leen dictamen de la Comisión de Peticiones sobre la solicitud de Álvarez Condarco para desempeñar tareas en el Ministerio de Guerra como Secretario Contador de la Comisión Liquidadora.
AUTORIDADES
DIPUTADOS
COMISIONES:
  • Comisión de Guerra
  • Comisión de Peticiones y Negocios Extranjeros
  • Comisión de Hacienda
  • Comisión de Legislación y Negocios Constitucionales
PROYECTOS / DECRETOS:
  • Creación del cargo de Auditor de Guerra
DATOS ANEXOS:
Páginas 87-107
Anterior
Siguiente
VER LIBRO COMPLETO
DESCRIPTORES
Prensa
Personal militar
Justicia militar
Licencia
Diploma
ANÁLISIS DOCUMENTAL
Mateo Ramos Volk