RESUMEN:
Retoman la consideración del despacho de la Comisión de Presupuesto en el presupuesto del Departamento de Guerra el cual habían sancionado hasta su terminación, quedando pendiente una moción del Diputado Falcón en la que se manda a abonar dos meses de sueldo, sin cargo, a todos los empleados civiles de la administración, que teniendo más de dos años de servicios queden cesantes en virtud de la Ley de Presupuesto para 1900. A moción del Diputado Paunero reconsideran la Partida 336 del Item 1 del Inciso 4. Posteriormente introdujeron modificaciones al Inciso 11 del Item 1.
Consideran las modificaciones introducidas por el Senado al artículo 8 de la Ley de Impuestos Internos. Esta modificación establece que: "La cerveza nacional o importada en cascos pagará 5 centavos en litro; en botellas de más de 70 centilitros hasta un litro pagará 5 centavos cada una; la botella de más de 40 centilitros hasta 70 inclusive pagará 3 1/2 centavos; la de 40 centilitros o menos pagará 2 centavos." Resuelven insistir en la sanción inicial del proyecto con lo cual queda sancionado definitivamente.
Acuerdan licencia, con goce de dieta, al Diputado Dávalos para faltar al resto de las sesiones que celebre la Cámara durante el presente año.
Presente el Ministro de Marina consideran el despacho de la Comisión de Presupuesto en el presupuesto del Departamento de Marina el cual sancionan hasta el final del Inciso 8 introduciendo modificaciones al Inciso 5, Item 1, al Inciso 9, Item 1, al Inciso 12, Item 1, al Inciso 13, Item 1 y al Inciso 16, Item 1. Luego de sancionar sin modificaciones la Partida Primera del Item 1 del Inciso 1 del anexo del Presupuesto Extraordinario dan por finalizado el tratamiento del tema.