RESUMEN:
El Poder Ejecutivo solicita a la Cámara de Diputados rever la nulidad de las elecciones practicadas en la Provincia de Buenos Aires. El gobierno de Buenos Aires objeta que las elecciones fueron practicadas el 23 de diciembre de 1860, los 13 de enero y 17 de marzo de 1861. “No habiendo tenido lugar ninguna elección el día 6 de enero, fecha que marca la sanción de V.H." (Vuestro Honorable). El gobierno de Buenos Aires pide explicaciones al Presidente de la República. Solicitan que sea tratado por la misma Comisión especial que dictaminó anteriormente la nulidad de dichas elecciones. La Comisión ratifica la nulidad. Aráoz hace referencia a los hechos en los que la Cámara funcionó y sesionó con total independencia del gobierno como, el rechazo de los tratados celebrados en 1854 con Paraguay; aprobación del pacto o armisticio que se firmó con Buenos Aires en 1857; rebaja del presupuesto del Departamento de Guerra; tratados con Brasil; concesiones con Inglaterra, Francia y Cerdeña. Esto hechos demuestran la independencia de poderes, en respuesta a algunos artículos de la prensa. Discuten el proyecto de decreto de nulidad, para aclarar las dudas del gobierno de Buenos Aires, debaten si deben o no ir las fechas en el proyecto.
Leen un proyecto de ley del Poder Ejecutivo, reunir las milicias de la Guardia Nacional correspondientes a las provincias de Santa Fe, Córdoba y San Luis, para la defensa de la frontera sur. Pasan el proyecto para garantizar la seguridad individual, las propiedades y el comercio a la Comisión de Guerra.