Actas de Paraná de 1860-1861
LIBRO 10
SESIÓN: Preparatoria
NÚMERO: 4
FECHA: 1861-04-06
LUGAR: Paraná
TEMARIO:
  • Nota de los Diputados de la provincia de Buenos Aires a la Cámara de Diputados.
  • Debate sobre la legalidad de los Diputados electos en relación a la comprobación de los requisitos constitucionales para serlo.
RESUMEN:
El Presidente de la Cámara propone a Funes, Saturnino D. como Prosecretario.
Los Diputados de la provincia de Buenos Aires presentan, a través de Secretaría, una copia legalizada del dictamen de la Comisión especial. Los diplomas que la Cámara pide son incompatibles e innecesarios con la nueva ley nacional de elecciones; bastan las actas y los registros originales de la elección. Reclaman su asistencia en las sesiones preparatorias para esa discusión apoyándose en los artículos 11 y 5 del Reglamento de Debates de la Cámara de Diputados, y en el artículo 56 de la Constitución nacional. Abogan por la unión de los argentinos que, “preocupados únicamente de la noble idea de hacer cuanto antes práctica la unión de los argentinos y de que sus verdaderos representantes se estrechen en el recinto del Congreso Legislativo, dictaron las medidas necesarias para proceder a su elección sin detenerse en formas inútiles y ritualidades estériles en obsequio de los grandes intereses, del honor y de la paternidad del pueblo argentino”. La diputación de la provincia de Buenos Aires “no reconoce ni reconocerá jamás sanción alguna como emanada de la H. Cámara de Diputados de la Nación sino cuando ella se halle reunida en el número y la forma prescrita por la Constitución y por los pactos vigentes”. Gil Navarro considera la nota enviada por los Diputados de Buenos Aires “subversiva y maliciosa”.
Ponen a discusión la siguiente moción, “Declarase que no existe vacante alguna en su seno a mérito de las reformas constitucionales citadas en el decreto Gobernativo de 26 de octubre de 1860”. García, Próspero aclara que según el Reglamento de Debates la función de las sesiones preparatorias son, el examen de los diplomas, calificar los poderes y la recepción de Diputados. La moción mencionada anteriormente debe tratarse en sesiones ordinarias.
Discuten la inconstitucionalidad del proyecto, puesto que las condiciones para ser Diputado son, edad de 25 años, cuatro años de ciudadanía en ejercicio y nacimiento o “residencia inmediata de dos años en la provincia que lo elija”. Por lo tanto “no son Diputados los que no tienen esas condiciones, como sucede con los señores a quienes comprende el proyecto”. Discuten sobre la retroactividad de las leyes, si pueden tener efecto para algunas resoluciones anteriores a la ley, se deben tomar en consideración a los requisitos para ser Diputados.
AUTORIDADES
DIPUTADOS
COMISIONES:
  • Comisión especial de Poderes
DATOS ANEXOS:
Páginas 91-106
Anterior
Siguiente
VER LIBRO COMPLETO
DESCRIPTORES
Elecciones
Buenos Aires
ANÁLISIS DOCUMENTAL
Graciela Fernandez