Actas de Paraná de 1859-1860
LIBRO 8
SESIÓN: Ordinaria
NÚMERO: 11
FECHA: 1860-06-13
LUGAR: Paraná
TEMARIO:
  • Incorporación de Saturnino Laspiur a la Cámara.
  • Leen diversos asuntos ingresados por Secretaría, solicitudes para diversos cargos para la Universidad de San Carlos, para el Colegio Nacional de Montserrat, para los juzgados de paz de la Capital y para el Ministerio de Justicia.
  • Procesamiento del diputado suplente electo de Córdoba López, Martín.
  • Protesta en La Rioja por el resultado de las elecciones.
  • Contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo y Lavarello, José para la navegación a vapor del Río Bermejo.
RESUMEN:
Colodrero comienza refiriéndose a la incorporación a la Cámara de Saturnino Laspiur.
Menciona que la solicitud de Laspiur para que la Cámara lo acepte como miembro y, de este modo, posibilitar su inmunidad, no había sido ingresada por secretaría.
Que el Poder Ejecutivo decretó la libertad de Laspiur, adelantándose al dictamen de la Comisión que estaba analizando los documentos relativos a este asunto.
Comunica que el dictamen de la Comisión coincide con los términos del decreto y lo pone a disposición de la Cámara cuando ésta lo considere conveniente.
Navarro sostiene que dicho dictamen no es necesario luego del informe leído por Colodrero y que Laspiur ya está en libertad e incorporado a sus funciones en el Congreso.
Leen los asuntos ingresados por Secretaría:
Una nota del Poder Ejecutivo adjuntando un proyecto de ley por el cual se crea el cargo de escribiente para la Universidad Mayor de San Carlos, a pedido de su Rector.
Una nota solicitando un médico para el Colegio Nacional de Montserrat de Córdoba, adjuntando un proyecto de ley.
Otra nota comunicando que la supresión de uno de los juzgados de Paz en esta capital había recargado el trabajo en otro que existía en la actualidad y solicitando un escribiente para ayudar en el despacho de los asuntos.
Otra solicitando la creación del cargo de Tenedor de Libros en el Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública.
Pasa a la comisión de Justicia, Culto e Instrucción Pública.
Otra solicitando continuar con el procedimiento relativo a la causa contra los aprehendidos por la muerte de Nazario Benavidez (Gobernador de San Juan). Pasa a la comisión especial para tratar el asunto de los sucesos en la provincia de San Juan.
Leen una nota del gobierno de Córdoba adjuntando la copia de una carta del juez de crimen solicitando la prisión y enjuiciamiento del diputado suplente electo López, Martín. Adjuntan el sumario correspondiente.
Deciden pasar este asunto a la comisión especial designada para tratar la acusación de Ávila, con algunas observaciones de Colodrero quien sostiene que debe nombrarse una comisión especial ya que no hay necesaria continuidad entre ambos asuntos y la comisión designada ya se encuentra sobrecargada.
Esta moción no es respaldada por la cámara.
Luego de retirarse el presidente de la Cámara y quedar ésta a cargo del Vicepresidente, leen el orden del día. Se trata del dictamen de la Comisión de Legislación y Negocios Constitucionales por el cual declaran nula y sin valor la protesta de La Rioja en contra de las elecciones de diputados practicadas en aquella provincia.
Graz, miembro informante, explica que las elecciones fueron verificadas y luego aprobadas por la Legislatura y que la protesta, producto de la revolución de febrero, es extemporánea y por esto ya debería haber sido desechada por la misma legislatura”.
Achaval se opone al dictamen manifestando entre otras cosas que la Cámara desoye reiteradamente las solicitudes que vienen de las provincias o las recibe con indolencia, que basta observar los casos de Córdoba, Mendoza, San Juan y Santiago, en los que los resultados fueron fatales.
Agrega que los ciudadanos tienen derecho a peticionar y a ser escuchados y atendidos en sus solicitudes. Graz responde que la Comisión reconoce el derecho del pueblo a peticionar. Que en primer lugar en este caso este derecho había sido ejercido fuera de tiempo y bajo la influencia de una revolución.
Que la Cámara no puede considerar el derecho de reclamar inoportunamente por elecciones realizadas.
Graz reconoce que esta protesta le resulta muy sospechosa y agrega que la Cámara no debe dar fe a informes de autoridades creadas por una revolución, respondiendo al principio del Poder Ejecutivo, el cual en su memoria declara no reconocer autoridades nacidas de la sedición.
Achával aclara que no se refiere a las autoridades sino a los ciudadanos peticionantes. Bazán manifiesta que no se les ha negado a los ciudadanos el derecho de peticionar, pero en el caso de los hechos de La Rioja, esta petición no es legal y por eso la Comisión la declaró nula. García adhiere a los fundamentos del dictamen.
Aprueban el dictamen de la comisión por amplia mayoría.
Leen otro dictamen de la misma Comisión. Se trata de del proyecto de ley proveniente del Senado sancionando el contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo y Lavarello, José para la navegación a vapor del Río Bermejo. En los artículos 9° y 10° se le conceden a la empresa veinte leguas cuadradas de terreno para el establecimiento de colonias agrícolas, astilleros, maquinarias, etc. Para obtener su completa posesión, deberá poblar una tercera parte de ellas. Aconsejan su aprobación. Luego de leer el contrato, aprueban el dictamen.
Leen otra nota del Senado solicitando la revisión de una declaración de adhesión al Presidente de la República por su gestión respecto a la anexión de Buenos Aires a la Confederación. Pasa a la comisión de Legislación.
AUTORIDADES
PRESIDENTE:
DIPUTADOS
INTERVINIENTES:
Benavídez, NazarioLavarello, José
COMISIONES:
  • Comisión de Legislación y Negocios Constitucionales
ORDEN DEL DÍA:
  • Dictamen de la Comisión de Legislación y Negocios Constitucionales por el cual declaran nula y sin valor la protesta de La Rioja en contra de las elecciones de diputados practicadas en aquella provincia. Dictamen de la Comisión de Legislación y Negocios Constitucionales aconsejando aprobar el Proyecto de ley proveniente del Senado sancionando el contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo y Lavarello, José para la navegación a vapor del Río Bermejo.
DATOS ANEXOS:
Páginas 289-302
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Cecilia Goldberg