RESUMEN:
Leen dictamen de la Comisión de Guerra sobre la modificación hecha por el Senado al proyecto de ley penal sobre contrabando y sobre la supresión al artículo 2° del proyecto de ley aprobatoria de los decretos del 29 de abril y 6 de agosto del corriente año.
Leen dictamen de la comisión de Culto sobre la modificación hecha en el Senado relativo a la creación y dotación de la Intendencia General de Policías.
Leen dictamen de la Comisión de Hacienda con la modificación hecha por el Senado a la ley general de presupuesto.
Pasan a considerar el primer dictamen que aconseja aprobar la modificación que determina los jueces que van a entender en el delito de contrabando hasta que se instalen los tribunales federales: los administradores de rentas nacionales y de aduanas. Lo aprueban en general.
Pasan a tratar el dictamen de Culto que aconseja aprobar la modificación introducida y lo aprueban por unanimidad.
Consideran el Dictamen de la Comisión de Hacienda que aconseja aprobar la modificación introducida, autorizando al Poder Ejecutivo para que de las rentas nacionales que se recauden invierta una suma en los gastos de administración de ese año y da indicaciones del destino de cada suma y se aprueba.
Finalmente consideran el dictamen de la Comisión de Guerra sobre la supresión hecha a la ley referente al contrato para hacer el camino del Rosario a Córdoba por los empresarios [Félix de la] Peña, Rusiñol y Fillol, el cual suprimen el plazo de 6 años para que pueblen el territorio comprendido entre los puntos mencionados y lo aprueban por mayoría.