RESUMEN:
El Secretario informa que están retrasadas las últimas dos actas.
Leen unas notas enviadas por el Senado. Una informando sobre la aprobación del tratado de paz, amistad, comercio y navegación con el Paraguay. Otra informando de la aceptación de las objeciones presentadas por diputados al aumento del sueldo de los senadores en el presupuesto del Interior. Una tercera nota informando la sanción del proyecto de ley de creación de la Intendencia General de Policía con modificaciones. Y una última nota informando de la sanción del proyecto de ley aprobatorio de los decretos del Ejecutivo referidos a la construcción de un camino nuevo entre Rosario y Córdoba, con la supresión de un artículo.
Leen un dictamen de la comisión de Legislación y Negocios Constitucionales referido a las notas enviadas por el Poder Ejecutivo pidiendo explicación sobre la ley de 1860.05.30 de incompatibilidad del cargo de Ministro con el de Senador o Diputado.
Leen un informe de la misma comisión referido al pedido de reconsideración del Poder Ejecutivo sobre la ley aprobatoria de la Constitución de San Juan. Deciden tratar este tema sobre tablas, pasan a un cuarto intermedio.
Vuelven los diputados con asistencia del Ministro. Leen el dictamen con una extensa fundamentación de la minuta dirigida al Poder Ejecutivo, donde se explica porque la sanción de la constituciones provinciales son un acto constituyente y no legislativo, por lo que no se considera que el congreso deba interferir retirando un artículo como solicita el Poder Ejecutivo.
Varios diputados discuten sobre el tema con el Ministro y entre si. A favor del proyecto está Rawson, Pardo y Laspiur; y en contra Lucero, Araoz, Funes y el Ministro.
Votan y rechazan la minuta.
Hacen un cuarto intermedio. Vuelven y Araoz dice que la cámara debe pasar a considerar el tema de fondo que no está resuelto. González Lucas dice que la comisión no tuvo tiempo para elaborar un dictamen y propone que la cámara sesione a la noche. Rawson dice que como la comisión ya se expidió en un sentido "se vería embarazada para entrar al fondo del asunto". El Presidente propone que realice el dictamen la comisión de Hacienda. Laspiur y Araoz en desacuerdo sostienen que solo la comisión de Negocios Constitucionales está en condiciones de hacerlo correctamente.
Leen una minuta de la comisión de Negocios Constitucionales contestando el pedido de explicación que el Poder Ejecutivo le hiciera a la cámara sobre la ley de incompatibilidad de cargos Ministeriales y Legislativos. El dictamen explica que la ley de 1860.05.30 daba por decidido que los "Señores Senadores Facundo Zuviría y General José Miguel Galán dejaron de ser senadores desde que aceptaron los empleos de Ministros con que fueron honrados por el Poder Ejecutivo Nacional".
Rawson, Pardo, Cabral, Rius, Feijoo, González Lucas y Torrent opinan en desacuerdo con la interpretación de la comisión sobre la ley. Por su parte, Lucero, Araoz, y Gil Navarro sostienen el punto de vista del dictamen. Votan y aprueban el dictamen.
Leen una nota del Presidente Provisorio del Senado solicitándole al Presidente de la Cámara reunir el día 1856.09.30 a los miembros de las dos cámaras para "declarar cerrado el periodo constitucional de sus sesiones."