Actas de Paraná de 1860
LIBRO 9
SESIÓN: Ordinaria
NÚMERO: 40
FECHA: 1860-08-17
LUGAR: Paraná
TEMARIO:
  • Lectura del acta de la sesión anterior
  • Leen eel dictamen de la Comisión de Legislaciones y Negocios Constitucionales, recomendando aceptar los diplomas del Diputado por Entre Ríos Victorica Benjamín.
  • Debaten en torno a la aceptación o no del diploma. Se discute si Victorica puede asumir como Diputado viniendo de ser Ministro y si no existe superposición de cargos.
  • Votan afirmativamente el dictamen y aceptan los diplomas.
  • Aráoz presenta moción para pedirle al Poder Ejecutivo llame a elecciones en Corrientes porque Alvear al aceptar el cargo de Ministro dejó bacante el de Diputado. Lo aprueban y lo pasan a Comisión
RESUMEN:
Leen un dictamen de la Comisión de Legislación y Negocios Constitucionales con una evaluación favorable del diploma presentado por Benjamín Victorica como Diputado en propiedad electo por la Provincia de Entre Ríos. Frías dice que votará en oposición al dictamen porque Victorica había aceptado el cargo de Ministro y si bien entonces no había presentado los diplomas, gozaba de la inmunidad acordada a los miembros del Congreso y que por tanto no podía ser que fuese Ministro y Diputado a la vez, porque eso esta prohibido por la constitución.
Ocampo interviene y aclara que la Comisión no había nombrado miembro informante porque no esperaban oposición, pero que él quería contestar al Diputado que lo precedió. Argumenta a favor del dictamen diciendo que Victorica había aceptado el cargo de Ministro cuando ostentaba el de Diputado anterior, que ese lo había perdido, pero que se trataba del de Diputado electo y que para ese todavía no había presentado los diplomas y que por lo tanto no era Diputado aun. En cuanto a lo de la inmunidad dice que la constitución se la concedía a los Diputados electos para que nadie pudiese estorbar la presentación de sus diplomas. Frías contesta que según el artículo 88 de la constitución no se hacía diferencia entre Diputado electo y Diputado recibido. Gil Navarro hace moción para abrir el debate porque se trata de un tema constitucional. Votan afirmativamente.
Posse interviene respaldando la posición de Frías y le agrega al argumento que según una ley del año 1857 todo Diputado "antes de su elección hayan obtenido o en adelante obtuviesen cualquier otro empleo" debían pedir permiso a la Cámara, que por lo tanto quedaba claro que no se hacia distinción entre Diputado electo o recibido.
Ocampo insiste en que si Victorica todavía no presentó sus diplomas y la Cámara no los acepto, entonces no se lo puede considerar Diputado. Posse insiste en que el artículo 88 de la Constitución no establece diferencia entre Diputado electo y recibido. Aráoz apoya el dictamen. Dice que el debate se trata de la interpretación que se hiciese sobre el artículo 88 y 61, que consideraba que la interpretación que hacían los Diputados que se oponían al dictamen era "violentísima", que Victorica había satisfecho a la constitución cuando renunció al cargo de Ministro para integrarse a la Cámara. Posse dice que es el Pueblo el que nombra Diputados y no la Cámara, que solo juzga la valides de la elección. Lo ejemplifica con un hombre que compra un sombrero y que después un juez reconoce la propiedad de este, pero no la confiere. Aráoz sostiene que es la sanción de la Cámara la que confiere el cargo ya que esta puede rechazar los diplomas o aceptarlos pero que ningún tribunal puede cuestionar esta decisión. Y aclara que el cargo de Diputado no es una cosa que el electo tenga en posesión, que para serlo debía cumplir una serie de requisitos, entre estos el de ser aceptado por el cuerpo, único juez competente.
Frías insiste en que los Diputados electos son ya Diputados al igual que los recibidos. García Prospero, dice que va a votar en contra, porque ningún argumento desmintió lo dicho por los Diputados que se oponen a la designación. Aráoz vuelve sobre el argumento de que el Diputado lo es cuando es aceptado su diploma, y pregunta que pasa con las inmunidades cuando los diplomas son rechazados. Posse dice que el Diputado por Jujuy no había contestado a sus argumentos, que el Juez no hace otra cosa que administrar justicia, pero que no otorga derechos. Basan dice que votará a favor del dictamen porque Victorica si bien cometió una infracción al no renunciar a su antiguo cargo de Diputado cuando acepto el de Ministro, ahora si había renunciado al de Ministro para venir a presentar sus diplomas. Aráoz contesta a Posse que cuando uso la palabra de Juez, para referirse a la Cámara lo hace de acuerdo al artículo 53 de la constitución, en el sentido del encargado de validar o no los diplomas, no como quien sentencia. También dice que se lee muy superficialmente el artículo 88, y que Victorica cumplió con el cuando renuncio al cargo de Ministro. Agrega que haría una moción para pedir al Poder Ejecutivo que mande a practicar elecciones en la Provincia de Corrientes para cubrir el cargo de Alvear que se encuentra como Ministro. Posse pregunta a la Secretaría si en el diploma presentado por Ieart estaba también el diploma de Victorica. El Secretario no recuerda. Pasan a un cuarto intermedio.
Cuando vuelven leen los diplomas y aparece mencionado Victorica. Posse dice que el diploma de Victorica como era el mismo que el de Ieart ya había sido aceptado. Ocampo contesta que los diplomas se aceptan individualmente, no por elección. Basan vuelve sobre la afirmación que Victorica había renunciado a su cargo de Ministro y que por lo tanto no se le podía negar el derecho de ser Diputado. Dando por agotada la discusión votan y resulta aceptado el dictamen.Aráoz pide que lean la moción que formuló para pedirle al Poder Ejecutivo que llame a elecciones en Corrientes porque Alvear al aceptar el cargo de Ministro había dejado bacante el de Diputado. Apoyan la moción y la envían a la Comisión de Legislación
AUTORIDADES
DIPUTADOS
COMISIONES:
  • Comisión de Legislación y Negocios Constitucionales
PROYECTOS / DECRETOS:
  • Aceptación de los diplomas de Victorica, Benjamín (Dio lugar a una Ley)
DATOS ANEXOS:
Páginas 231-244
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DESCRIPTORES
Diploma
ANÁLISIS DOCUMENTAL
Mateo Ramos Volk