Actas de Paraná de 1860
LIBRO 9
SESIÓN: Ordinaria
NÚMERO: 49
FECHA: 1860-09-05
LUGAR: Paraná
TEMARIO:
  • Dictamen de Hacienda sobre proyecto de reforma de la ley de Aduanas
RESUMEN:
Leen el dictamen de la sesión anterior y lo aprueban.
Pasan a tratar la orden del día. Su tema es un dictamen de la Comisión de Hacienda aconsejando aceptar el Proyecto de reforma de la ley de Aduanas, sin modificaciones de lo propuesto por el Poder Ejecutivo. Conjuntamente se lee el de suspensión de la sanción del presupuesto 1861, que llega con dictamen favorable del Senado, y que propone continuar funcionando con el presupuesto del año anterior. Llaman al Ministro de Hacienda para que intervenga en la Sesión. Pasan a un cuarto intermedio.
Regresan y Aráoz, que es el miembro informante de la Comisión pasa a argumentar a favor del dictamen. Expone tres razones para aceptar el proyecto sin modificaciones. El primero es la necesidad de rebajar los derechos de importación; el segundo, eliminar el 8 por ciento de impuesto adicional que se había establecido para financiar la guerra con Buenos Aires, por haber cambiado las circunstancias; y tercero, unificar las tarifas con las de Buenos Aires, por eso se presenta una ley copiada casi textual de la de esta última. El Ministro expresa su deseo, y lo repite en varias de sus intervenciones posteriores, de que la ley sea aprobada con el mayor apoyo de la Cámara y de la opinión pública. Felicita a los Diputados por sus ideas liberales, y argumenta a favor de la ley considerando que una reducción de los derechos va a favorecer un aumento de la renta y un alivio para los consumidores. García Isasa hace una objeción a la ley argumentando que según establece el artículo 6 del “convenio” no podía alterarse la ley de aduana hasta que no estuviesen incorporados al parlamento los Diputados de Buenos Aires. El Ministro contesta que habían tenido en cuenta esta objeción y del análisis concluyeron que el referido artículo era una precaución para prohibir a Buenos Aires que reformar independientemente la ley, pero que no afectaba esta condición a la Confederación. Posse manifiesta que votará en contra y explica sus razones en que la próxima reunificación Nacional requeriría la sanción de una nueva ley de aduana haciendo a esta inútil e inconveniente para el comercio por el cambio de normativa. También manifiesta su desconfianza en que Buenos Aires luego de sancionada esta no modifique la propia. Por último expresa no tener seguridad de que la ley que propone el Poder Ejecutivo sea igual a la de Buenos Aires. El Ministro responde que no consideraba un problema que las leyes aduaneras duren poco tiempo, y ejemplifica con Buenos Aires que la cambia todos los años. También da la palabra del Poder Ejecutivo de que la ley presentada es prácticamente igual a la de Buenos Aires. Aráoz dice que esta ley se basaba en la realidad, y señala que Buenos Aires aun está separada de la Confederación. Votan en general y la aprueban.Pasan a considerar el articulado en particular. La única modificación que se hace al proyecto original es en los artículo 18 y 19 referidos al transbordo de mercaderías en los puertos interiores, cuyo espíritu explica el Ministro es dificultar el contrabando, pero que varios Diputados consideran discriminatorias en sus condiciones. El Ministro retira estos artículos del proyecto justificando su decisión en la búsqueda de consenso para la ley y en que la práctica demostraría la necesidad y conveniencia de esta propuesta. También agregan en el artículo 6 una excepción a los derechos de importación, para no grabar el maíz que los jujeños y salteños pobres importan de Bolivia
AUTORIDADES
DIPUTADOS
COMISIONES:
  • Comisión de Hacienda
ORDEN DEL DÍA:
  • Debate sobre el dictamen de Hacienda sobre el proyecto de reforma de la ley de Aduanas.
PROYECTOS / DECRETOS:
  • Modificación a la ley de aduana
DATOS ANEXOS:
Páginas 297-324
Anterior
Siguiente
VER LIBRO COMPLETO
DESCRIPTORES
Legislación
Aduanas
Presupuesto
ANÁLISIS DOCUMENTAL
Mateo Ramos Volk